REQUISITOS GENERALES:
Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 118, de 18 de mayo, que regula los procesos selectivos de Ingreso en la Policía Nacional, y en consonancia con la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, para poder ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas a los aspirantes a POLICÍA será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Los interesados en optar a las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir y acreditar, el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito en el plazo mencionado comportará la adscripción a las plazas de turno libre.
La fase de oposición constará de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio: aptitud física, conocimientos, reconocimiento médico, entrevista personal y psicotécnica.
Los opositores que superen las anteriores pruebas selectivas se incorporarán a la Escuela Nacional de Policía (Ávila), donde iniciarán su proceso formativo, integrándose en el plan de carrera de la Policía Nacional.
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